El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Quillota ha declarado inimputable a Carlos Andrés Pérez Klapp, de 31 años, por el parricidio de su padre, ocurrido el 5 de marzo de 2022. La decisión prioriza medidas de seguridad en un centro especializado debido al diagnóstico de esquizofrenia paranoide del imputado.
El trágico incidente tuvo lugar en la comuna de Quillota, cuando la víctima, intentando escapar de su hijo, buscó refugio en un local comercial. Pérez Klapp lo persiguió y le infligió 11 heridas con un arma blanca, un acto captado por las cámaras de seguridad del establecimiento. Las lesiones causaron anemia aguda y daños carotídeos que resultaron fatales. Tras el ataque, el agresor huyó del lugar.
La fiscal Gabriela Fuenzalida Suárez presentó pruebas periciales, testimoniales y documentales que permitieron acreditar los hechos ante el tribunal, presidido por la jueza María Luisa Ríos Latham e integrado por los magistrados Genoveva Matteucci Vega y Lino Godoy Órdenes. Sin embargo, los exámenes psiquiátricos revelaron que Pérez Klapp padece de esquizofrenia paranoide, condición que se manifiesta en delirios y alucinaciones, representando un peligro tanto para sí mismo como para terceros, y anulando su capacidad para comprender la ilicitud de sus actos.
⚖️ Dada esta condición, el tribunal optó por aplicar una eximente de responsabilidad penal, basada en la falta de culpabilidad del imputado. En su lugar, se ordenaron medidas de seguridad por un período de 15 años, conforme al artículo 481 del Código Procesal Penal. Estas medidas incluyen la internación inicial en el Hospital Psiquiátrico Philippe Pinel por un máximo de 6 años, con 2 años en régimen cerrado, seguido por la supervisión y tratamiento del Servicio de Salud Aconcagua. Esta resolución subraya la importancia de proteger a la sociedad frente al riesgo de reincidencia, priorizando la asistencia y control del individuo sobre una sanción meramente punitiva.