La Corte de Apelaciones de Valparaíso acogió un recurso de amparo presentado en favor de la senadora Camila Flores y estableció límites para el examen de los dispositivos electrónicos incautados en una investigación del Ministerio Público.
La decisión fue adoptada de manera unánime por la Segunda Sala. El fallo no dejó sin efecto la entrada, registro ni incautación, asuntos que ya habían sido revisados por tribunales superiores. Su alcance se concentra en la forma en que se examinará la información almacenada.
Resguardos ordenados
Los equipos deberán permanecer bajo custodia de la Fiscalía Regional. El Ministerio Público tendrá que informar al juez de garantía qué funcionarios accederán a ellos y qué descriptores utilizará en las búsquedas.
La resolución ordenó excluir antecedentes anteriores a la primera elección de la parlamentaria, además de datos que no guarden relación con los hechos investigados. Las copias obtenidas fuera de esos límites y sin interés criminalístico deberán ser eliminadas, dejando registro del protocolo aplicado y de las personas responsables.
Investigación continúa
La Corte sostuvo que el examen debe equilibrar las facultades investigativas de la Fiscalía con los derechos de la imputada y de terceros que pudieran aparecer en comunicaciones o archivos personales.
El pronunciamiento regula el peritaje, pero no determina responsabilidad penal ni resuelve el fondo de la investigación. Esa diferencia también debe considerarse al interpretar otras decisiones de la Corte de Valparaíso informadas durante esta jornada.
CasablancaHoy.cl