La Unión Europea comenzó este domingo 2 de agosto a aplicar una nueva fase de su Ley de Inteligencia Artificial. La Comisión Europea informó que su Oficina de IA y las autoridades nacionales iniciarán la fiscalización del reglamento, junto con las obligaciones de transparencia del artículo 50.
Las reglas buscan que las personas sepan cuándo interactúan con un sistema automatizado y cuándo un contenido fue generado o alterado mediante inteligencia artificial. La exigencia no se limita a un aviso visible: en determinados casos también requiere marcas técnicas que permitan detectar el origen sintético de una pieza.
Qué deben transparentar los sistemas de IA
Los proveedores de chatbots y otros sistemas interactivos deben diseñarlos para que informen expresamente al usuario que está tratando con una IA y no con una persona. Los proveedores de herramientas generativas también deben incorporar marcas legibles por máquinas en contenido sintético de texto, imagen, audio o video, salvo excepciones como la edición estándar que no altere de forma sustancial los datos de entrada.
Quienes utilicen estos sistemas deben avisar cuando exponen a las personas a reconocimiento de emociones o categorización biométrica. También deben identificar de manera clara los deepfakes y los textos sobre asuntos de interés público generados o manipulados por IA que no hayan pasado por revisión humana o control editorial.
Las directrices oficiales distinguen entre la marca técnica que corresponde al proveedor y el etiquetado visible que debe realizar quien publica o utiliza el contenido. Por eso, la norma no equivale a poner el mismo rótulo en todo material producido con asistencia de IA.
Multas y período de adaptación
El resumen oficial de la Comisión contempla multas de hasta 15 millones de euros o hasta el 3% de la facturación anual mundial de una empresa. La aplicación debe considerar criterios de proporcionalidad para pequeñas y medianas empresas.
Existe un período de adaptación hasta diciembre de 2026 para la obligación de marcado en sistemas generativos que ya estaban en el mercado antes de este 2 de agosto. En el caso de deepfakes producidos antes de esa fecha, la Comisión señala que no hay una exigencia retroactiva de etiquetado, aunque recomienda identificarlos.
Por qué importa fuera de Europa
La entrada en aplicación es europea y no convierte automáticamente estas obligaciones en una regla general para todo contenido publicado en Chile. Sin embargo, puede alcanzar a proveedores establecidos fuera de la Unión Europea cuando ofrecen sistemas en ese mercado o cuando su operación queda dentro del ámbito territorial definido por el reglamento.
Para empresas tecnológicas, agencias y plataformas chilenas con clientes o usuarios en Europa, la medida vuelve necesario revisar qué herramientas utilizan, quién actúa como proveedor o implementador, cómo se informa la interacción con chatbots y qué mecanismos técnicos o visibles permiten reconocer material sintético.
La Comisión publicó además un código de prácticas voluntario para demostrar cumplimiento. Las organizaciones que no adhieran deberán acreditar por otras vías que sus mecanismos de marcado y etiquetado son equivalentes y adecuados.