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Nueva “Ley del Mono” avanza: quiénes podrían regularizar su vivienda y qué beneficios ofrece

Comisión parlamentaria analiza el proyecto que amplía la regularización de viviendas de autoconstrucción

El proyecto ampliaría hasta 2029 el plazo e incorporaría viviendas construidas antes del 28 de noviembre de 2025; la normativa vigente sigue abierta hasta 2027 para obras anteriores a febrero de 2016.

La llamada nueva “Ley del Mono” avanzó en el Senado. La Comisión de Vivienda inició el 29 de septiembre la votación de las indicaciones al proyecto, identificado como boletín 18.189-14 y actualmente en segundo trámite constitucional.

La iniciativa busca que más familias puedan poner al día construcciones o ampliaciones sin permiso municipal o sin recepción definitiva. Puede ser especialmente útil en Casablanca y sus sectores rurales, pero todavía no es ley: el texto puede cambiar antes de su aprobación y publicación.

Qué propone la actualización

El texto aprobado en primer trámite permitiría solicitar hasta el 31 de diciembre de 2029 el permiso de edificación y la recepción definitiva en un solo procedimiento. Incluiría viviendas urbanas o rurales construidas antes del 28 de noviembre de 2025.

También aumentaría de 90 a 120 metros cuadrados la superficie máxima de esta modalidad y elevaría de 1.000 a 2.000 UF el avalúo fiscal permitido. Esos topes no se aplicarían a viviendas beneficiadas con subsidios del Ministerio de Vivienda y Urbanismo para mejoramiento o ampliación.

La regularización no sería automática. El proyecto mantiene controles técnicos y contempla exigencias de seguridad contra incendios para las viviendas de hasta dos pisos incluidas en el régimen.

Qué beneficios tiene regularizar una vivienda

El certificado de regularización entrega simultáneamente el permiso de edificación y la recepción definitiva. Esto permite incorporar formalmente la construcción a los antecedentes de la propiedad y entrega mayor certeza para trámites posteriores.

Contar con la vivienda regularizada puede facilitar operaciones que exigen acreditar la situación de las edificaciones, como una compraventa, una herencia, una subdivisión, una solicitud de crédito o la postulación a determinados programas de mejoramiento. Cada trámite mantiene sus requisitos propios, por lo que la regularización no garantiza por sí sola su aprobación.

El proceso exige la revisión de un arquitecto o profesional competente, quien debe informar sobre habitabilidad, seguridad, estabilidad e instalaciones interiores. Así, el beneficio no consiste solo en ordenar documentos: también obliga a comprobar condiciones mínimas de la construcción.

La Ley del Mono vigente puede usarse hoy

Mientras el nuevo proyecto se tramita, la Ley 20.898 continúa disponible hasta el 31 de diciembre de 2027 para viviendas y edificaciones que cumplan sus requisitos y que ya existían al 4 de febrero de 2016.

La normativa vigente contempla una modalidad para viviendas de hasta 90 metros cuadrados y 1.000 UF de avalúo, y otra para viviendas de hasta 140 metros cuadrados y 2.000 UF. En los casos acogidos al artículo 1 existen rebajas de derechos municipales de 75% o 50%, según el valor de la construcción, y exención total cuando el propietario tiene 65 años o más o reside una persona inscrita en el Registro Nacional de la Discapacidad.

Quienes tengan una construcción anterior a febrero de 2016 no necesitan esperar la nueva ley. Conviene revisar ahora si pueden utilizar el procedimiento vigente, porque la ampliación de fechas propuesta para construcciones más recientes todavía no rige.

Cómo preparar una solicitud

  1. Consultar primero a la Dirección de Obras Municipales. La DOM debe confirmar qué modalidad corresponde y si el terreno presenta restricciones.
  2. Reunir pruebas de antigüedad. Pueden servir planos aprobados, cuentas de servicios, certificados de contribuciones, catastros municipales u otros antecedentes que acrediten cuándo existía la obra.
  3. Trabajar con un profesional competente. La solicitud requiere planos, especificaciones y un informe técnico suscrito por arquitecto u otro profesional habilitado.
  4. Obtener los certificados y formularios. Se necesita el avalúo fiscal del SII y el formulario de regularización correspondiente, disponible en el sitio oficial del Minvu.

La Municipalidad de Casablanca informó como teléfonos de la Dirección de Obras el 32 2277 428 para secretaría y el 32 2277 465 para revisión. Antes de contratar o pagar una gestión, es recomendable confirmar directamente con la DOM que la propiedad puede acogerse al procedimiento.

Qué falta para que rija la ampliación

La Comisión de Vivienda del Senado debe terminar la votación en particular. Luego el proyecto debe continuar su tramitación legislativa y, si es aprobado, ser promulgado y publicado en el Diario Oficial. Solo desde entonces sus nuevas fechas y límites podrán utilizarse.

El avance oficial del proyecto puede revisarse en el Senado. Más contenidos de utilidad vecinal están disponibles en Comunidad Local.

CasablancaHoy.cl

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